V Certamen de Relatos Breves 2021 Mujeres Rurales

V Certamen de Relatos Breves 2021 Mujeres Rurales

Diptico V Certamen Relatos Breves Mujeres Rurales

Bases del “V Certamen de relatos breves 2021”

La Excma. Diputación de Albacete, de conformidad con el Decreto Nº 1652, de 10 de Mayo de 2021, a través de la Unidad de Igualdad, con motivo del próximo Día Internacional de la Mujer Rural 2021, convoca el “V Certamen de relatos breves” que se regirá por las siguientes bases:
1. El objetivo del citado certamen es visibilizar y dar a conocer los desafíos y las oportunidades que afrontan las mujeres en el ámbito rural para proteger sus derechos y evitar desigualdades.
2. Podrán participar autoras y autores mayores de 18 años.
3. Las obras deberán presentarse en lengua castellana, siendo creaciones originales, inéditas y no premiadas en ningún otro concurso. Solamente se puede presentar un trabajo por autora o autor. La extensión de los originales será de un máximo de 30 hojas y un mínimo de 14 hojas, a una cara, en tamaño DIN A-4, en letra Times New Roman o Arial, tamaño 12 e interlineado doble.
4. Los trabajos se deberán enviar a la siguiente dirección de correo electrónico: igualdad@dipualba.es

Se adjuntarán cuatro documentos:
1. El relato presentado con el seudónimo.
2. Los datos personales de la persona autora (nombre, apellidos, seudónimo, dirección postal, correo electrónico y teléfono de contacto).
3. El Documento Nacional de Identidad escaneado por las dos caras.
4. Declaración responsable de que el relato presentado es original, inédito y no ha sido premiado en ningún otro concurso
5. El plazo de admisión de obras comenzará el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete y concluirá el 31 de agosto de 2021 a las 23:59 horas.
6. El Jurado estará compuesto por miembros del Comité de Igualdad y personal técnico experto en la materia .
7. El fallo del jurado se hará público durante el mes de septiembre de 2021. Sus decisiones serán inapelables. El Jurado tiene la facultad de interpretar las bases, determinar sus normas de funcionamiento, así como excluir aquellos trabajos que considere que no se ajustan al objeto o requisitos del certamen.
Tanto los premios como los accésits no podrán ser otorgados a más de una obra y podrán declararse desiertos.
8. El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la Unidad de Igualdad de la Excma. Diputación de Albacete
9. Se establecen los siguientes premios:
Primer premio: 600 €.
Segundo premio: 400 €.
Tercer premio: 300 €.
Dos accésit: 100 € cada uno.
Al importe de los premios, habrá que descontarle las retenciones fiscales legalmente establecidas.
Los trabajos premiados serán publicados por la Diputación de Albacete, por medio de una edición restringida, de la cual serán entregados 30 ejemplares a la persona ganadora del primer premio, 20 ejemplares a la persona ganadora del segundo premio y 10 ejemplares a la persona ganadora del tercer premio para su uso y distribución personal, y el resto quedará en propiedad de la Diputación de Albacete la cual podrá disponer de los derechos de utilización de los trabajos premiados para su difusión, en consonancia con sus objetivos.
Las autoras de los relatos premiados aceptan que la Excma. Diputación de Albacete divulgue públicamente los mismos.
10. Las personas ganadoras de los premios se comprometen a asistir al acto público de entrega de premios, o por causas justificadas, a enviar un/a representante debidamente autorizado/a. Se comunicará a todas las personas el lugar, la fecha y hora de la entrega de premios en el acto que la Diputación de Albacete programe para conmemorar del Día Internacional de la Mujer Rural 2021. En caso de no celebrarse el citado acto se le comunicará de forma oficial a las personas ganadoras.
11. La Diputación de Albacete se reserva los derechos de exhibición, reproducción gráfica y publicación, sin fines comerciales, de las obras premiadas, pudiendo hacer uso de ellas, citando siempre la autoría.
12. La participación en este certamen supone la aceptación total de las presentes bases y el incumplimiento de alguna de ellas anularía la participación en dicho certamen. Cualquier asunto no contemplado en las mismas, será resuelto por el jurado. Si el Jurado considera que los trabajos presentados no tienen el nivel adecuado, los premios podrán declararse desiertos.
13. La organización se reserva el derecho a modificar las bases del concurso, si ello resultara necesario por causas organizativas o ajenas a su control o voluntad, y a decidir sobre todo aquello que no esté previsto expresamente en las mismas.
14. En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Diputación de Albacete, como responsable del tratamientos de los datos personales recabados con ocasión del presente certamen, informa de que los mismos serán incluidos en un fichero de datos de carácter personal a los fines del presente certamen. De igual forma, se informa que podrán ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición en los términos establecidos en la legislación vigente, y en la forma establecida en la Sede Electrónica de la Diputación de Albacete, con la referencia “Protección de Datos”

Día Internacional contra la homofobia, la transfobia y la bifobia

Cada año, el 17 de mayo, se celebra el día Internacional contra la homofobia, la transfobia y la bifobia. Se eligió esta fecha ya que el 17 de mayo de 1990 la Organización Mundial de la Salud eliminó la homosexualidad del listado de trastornos mentales. Han transcurrido 31 años y mucho se ha avanzado en el reconocimiento de la diversidad sexual, así a nivel de la unión europea la Comisión ha diseñado la primera «Estrategia de Igualdad LGBTIQ 2020-2025» que parte de un enfoque interseccional y transversal, que permita la inclusión de las políticas LGTBI en todos los ámbitos de la acción gubernamental.

Son necesarias políticas públicas que promuevan la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, dando cumplimiento al art. 9.2 Constitución Española.

Hay que erradicar la intolerancia, discriminación y el rechazo que sufren muchas personas por razón de orientación sexual o identidad de género, ya que por desgracia la LGTBIFOBIA está presente en nuestra sociedad. En muchos países la diversidad sexual y de género aún se criminaliza. Es por ello necesario garantizar que todas las personas puedan vivir su orientación sexual, expresión de género e identidad sexual y de genero en libertad, porque una sociedad diversa es una sociedad más rica.

HABLEMOS DE DIVERSIDAD.

CONCEPTOS LGTBI. HABLEMOS DE DIVERSIDAD.
– Agénero: Persona sin género y que no se identifica con ninguno.
– Asexual: Persona que no se siente atraída sexualmente por ningún otro sexo.
– Bifobia: Aversión a la sexualidad o a las personas bisexuales, a quienes lo parecen o defienden.
– Binarismo de género: Hace referencia a las formas tradicionales, llamadas también binarias, de género: hombre y mujer.
– Bisexual: Orientación sexual de quienes sienten atracción romántica, afectiva y/o sexual por más de un género sea el suyo propio o diferente.
– Cisgénero: Persona cuyo género coincide con su sexo biológico asignado al nacer.
– Cisheteropatriarcado: Referente a la organización social en la que sólo prevalece el criterio del hombre y siempre que sea heterosexual y cisgénero.
– Cisheteronormatividad: Conjunto de creencias e ideas asimiladas a lo heterosexual y cisgénero, cuyo arraigo produce un tipo de opresión sobre estos colectivos.
– Demisexualidad: Persona que solo se siente atraída por aquellas personas con las que previamente ha establecido vínculos emocionales.
– Disforia de género: Término médico que describe la discrepancia de una persona con el sexo/género asignado al nacer.
– Drag King: Mujer que se viste y maquilla como hombre, con intenciones cómicas, satíricas o dramáticas para actuar en espectáculos.
– Drag Queen: Hombre que se viste y maquilla de mujer, con intenciones cómicas, satíricas o dramáticas para actuar en espectáculos.
– Expresión de género: Representación física del género, que puede o no coincidir con la identidad de género.
– Gay: Hombre que siente atracción sexual y afectiva por otros hombres.
– Género: Conjunto de características de origen cultural relativas a patrones de comportamiento y de identidad sobre la base de las cuales se establecen socialmente la distinción entre hombres y mujeres.
– Género fluido: Persona que no se identifica con una única identidad de género, sino que va fluyendo entre ellas.
– Género no binario o genderqueer: Término que engloba a todas aquellas identidades de género que van más allá de hombre o mujer; también llamada Cisnormatividad.- Heterosexual: Persona que siente atracción sexual y afectiva por personas del otro sexo.
– Homoparentalidad (Homomaternidad-Homopaternidad): Relación existente entre dos madres lesbianas o dos padres gais y sus hijos e hijas derivada de la relación jurídica que comporta la filiación.
– Homosexual: Persona que se siente atraída por el mismo sexo.
– Homofobia: Aversión a la homosexualidad o a las personas homosexuales, a quienes lo parecen o las defienden.
– Identidad de género: Hace referencia a la percepción que un sujeto tiene sobre su propio género, sin tener en cuenta cuál es su sexo biológico.
– Intersexual: Que presenta características físicas de ambos sexos, masculino y femenino.
– Lesbiana: Mujer que siente atracción sexual y afectiva por otras mujeres.
– Lesbofobia: Aversión al lesbianismo o a las mujeres lesbianas, a quienes lo parecen o las defienden.
– LGTBIQ+: Siglas de los términos lesbiana, gay, trans, bisexual, intersexual y queer, a las que se añade el signo + para aludir al resto de diversidades sexuales y de género.
– Orientación sexual: Se refiere a la atracción afectiva y sexual que las personas sentimos por otras personas. En virtud de la orientación podemos hablar de heterosexualidad, homosexualidad, bisexualidad, asexualidad, pansexualidad, demisexualidad…
– Pangénero: una persona que se identifica con todos los géneros simultáneamente.
– Pansexual: Persona que se siente atraída por todos los sexos y géneros.
– Queer: Persona que no es heterosexual o cisgénero. Rechaza ser clasificada por sus prácticas sexuales o su género para no limitar su experiencia como persona.
– Serofobia: Discriminación basada en el miedo irracional hacia las personas que tienen VIH.
– Sexo de asignación: Es el que se asigna a las personas al nacer por la mera observación de sus genitales y en virtud del cual se le quiere presuponer una identidad de género.
– Transgénero: Persona cuyo género no coincide con su sexo biológico asignado al nacer, con independencia de que se someta a tratamiento alguno.
– Transexual: Persona que se ha sometido a un tratamiento hormonal o a una cirugía de reasimilación de sexo para obtener la apariencia física del sexo opuesto.- Transfobia: Aversión a las realidades trans o a las personas trans (transexuales, transgéneros, travestis), a quienes lo parecen o las defienden.
– Travestido/a: Persona que disfruta adquiriendo de forma eventual la apariencia física del sexo opuesto.

Resolución de 06/04/2021, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan ayudas para fomentar el asociacionismo de mujeres en el año 2021.

La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la realización de proyectos de asociaciones y federaciones de asociaciones de mujeres que tengan como objeto promover la igualdad real entre mujeres y hombres, fomentando la participación social de las mujeres y el trabajo en red.

El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

DOCM:  12 de abril de 2021

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Cabañero agradece “su trabajo en favor de la igualdad de género” a los y las participantes en el I Certamen de TikTok ‘Diputación de Albacete por la Igualdad‘

El presidente de la Diputación Provincial de Albacete, Santi Cabañero, y el diputado provincial de Igualdad, Pedro Antonio González, han recibido en la mañana del presente viernes, 19 de marzo, a las jóvenes ganadores del certamen Diputación de Albacete por la Igualdad puesto en marcha por la institución provincial con el objetivo de potenciar la reflexión y la concienciación por la igualdad de género y de estimular la capacidad creativa de la ciudadanía. Todo ello, con la red social TikTok como plataforma elegida por haberse considerado la misma un vehículo directo para llegar a la población más joven.

Cabañero, que ha agradecido a todos y cada uno de los participantes “su trabajo en favor de la igualdad de género”, ha valorado la alta participación con la que ha contado una iniciativa de carácter nacional que en el presente 2021 se ha celebrado por primera vez en la provincia de Albacete de la mano de la Diputación, y que contó con 85 participantes que, a través de los hashtag #Diputacionalbaceteporlaigualdad y #RodandoPorLaIgualdad sumaron más de 1,4 millones de visitas en la red social TikTok.

Tanto el presidente de la Diputación como el diputado provincial les han agradecido su participación a las presentes y las han felicitado por su compromiso, y por haber puesto su talento y su trabajo a disposición de una problemática que afecta al conjunto de la sociedad desde todos los ámbitos de la misma. Por ello, ambos dirigentes les han animado a seguir trabajando, en el día a día, para poner en valor la figura de la mujer y denunciar aquellas acciones o situaciones que supongan una desigualdad manifiesta de género “pues solo así, y entre todos, podremos acabar con la injusticia social manifiesta a la que se enfrentan las mujeres”. “Sois el futuro y es un orgullo compartir con vosotras este momento”, ha sentenciado Cabañero.

La ganadora, Pilar Núñez-Polo, representará a Albacete en la final nacional que se fallará el día 25 de marzo

La entrega de los diplomas ha tenido lugar en el Salón de Plenos de la Diputación Provincial de Albacete, y durante la misma se ha podido conocer que el primer premio, dotado con 300 euros, ha sido para Pilar Núñez-Polo por un vídeo que, a través de un divertido número de ventriloquia, reivindica la libertad de la mujer para ser lo que ella decida en la vida y que puede verse en el siguiente enlace: https://vm.tiktok.com/ZMehPo6VQ

El segundo de los galardones, disponible en https://vm.tiktok.com/ZMej4RHyx, y dotado con 200 euros, ha recaído en el trabajo ‘Rompiendo moldes’ presentado por el alumnado de Cuarto de la ESO del IES Diego de Siloé de la capital; mientras que el tercero de los reconocimiento ha premiado a la joven Irene Navarro (que no ha podido asistir a la entrega) y a su grupo de amigas, por un TikTok en el que recogen los comentarios y actitudes machistas que recibe la mujer en el día a día y que puede visionarse en el enlace: https://vm.tiktok.com/ZmerbyfGa

Antes de finalizar la recepción tanto Cabañero como González, han deseado la mejor de las suertes a Pilar Núñez-Polo que, como ganadora del certamen provincial, representará a Albacete en la final nacional de ‘Rodando por la Igualdad’, fase a la que concurren los primeros trabajos clasificados de los más de 50 municipios participantes en toda la geografía española y que cuenta con los siguientes reconocimientos: primer premio dotado con 1.000 euros y 500 euros en formación online o presencial en la escuela audiovisual EFTI de Madrid; segundo premio dotado con 500 euros y un tercer premio dotado con 250 euros. El fallo del jurado se hará público el jueves 25 de marzo.

Inscripción y bases Diputación de Albacete por la Igualdad – Certamen TikTok

Inscripción y bases Diputación de Albacete por la Igualdad – Certamen TikTok

 

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLScUQ8jOlM35yTBj1Mb1_9SbrQqwX0rUvw9VkhYNOSOCsU3X0Q/viewform

 

El objeto de la convocatoria es el estímulo entre la ciudadanía de la reflexión y la capacidad creativa en materia de igualdad de género, de cara a la celebración del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer. Para ello se concederán dos premios a dos obras audiovisuales realizadas a través de la aplicación TikTok sobre la temática anteriormente señalada. Éstas serán elegidas por un jurado entre todas las propuestas que cumplan los requisitos de inscripción y recibidas dentro del plazo marcado.

– Temática: Todo lo que concierna a la lucha por la igualdad de género (igualdad en el deporte, en oportunidades laborales, en tareas domésticas, denuncia de relaciones tóxicas, oposición al machismo, empoderamiento, detección de micromachismos, lucha contra la violencia de género…)

– Podrán participar todas aquellas personas que residan, trabajen, estudien o hayan nacido en la provincia de Albacete.

– La fecha límite para presentar obras será el 10 de marzo de 2021.

– La duración máxima de las obras será de 1 minuto.

– Cada autor/a podrá presentar tantas obras como desee.

– El vídeo ha de incluir los hashtags #Diputacionalbaceteporlaigualdad y #rodandoporlaigualdad

– Jurado: Un jurado compuesto por miembros de la Diputación de Albacete y personalidades del sector audiovisual será el encargado de determinar las obras ganadoras. Se respetará el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.

– Premios: El certamen contará con un primer premio dotado con 300 euros, un segundo premio dotado con 200 euros y un tercer premio dotado con 100 euros. Además, la obra ganadora optará al premio nacional «Rodando por la igualdad», dotado con 500 euros, en el que participarán todas las obras ganadoras de los diferentes certámenes locales.

– Fallo: los trabajos ganadores se darán a conocer el 16 de marzo de 2021.

– Fallo nacional: el trabajo ganador del certamen nacional se dará a conocer el 25 de marzo.

– La inscripción será totalmente gratuita y online, y se realizará a través del presente formulario.

– No serán admitidas obras con lenguaje xenófobo, machista, homófobo, racista, violento o de incitación al odio. La organización se reserva el derecho a excluir las obras que incurran en cualquiera de los puntos expuestos anteriormente.

– El evento se reserva el derecho a exhibir los trabajos participantes en proyecciones de la localidad y a alojarlos electrónicamente de forma temporal o indefinida en alguna plataforma o red social municipal o de CortoEspaña; así como para utilizarlos en materiales promocionales, por la promoción de la igualdad o de otra índole, de la Diputación o de CortoEspaña; o para la propia promoción del certamen nacional «Rodando por la igualdad» o de sus canales de comunicación.

– Cada participante se hace responsable de que el contenido de sus obras respeta los derechos de propiedad vigentes, así como que cumple las disposiciones legales expuestas en nuestro código civil y penal. El certamen no se hace en ningún caso responsable del contenido de las obras del concurso.

– Participación y premio de personas menores de edad: en caso de que una persona menor de edad reciba alguno de los premios, deberá aportar para el cobro del mismo un justificante firmado de su padre, madre o tutor legal indicando su conformidad con dicha participación y cobro del premio.

– Participación de personas menores de 13 años: en caso de que la persona participante sea menor de 13 años, el vídeo habrá de ser subido a TikTok a través de la cuenta de otra persona, de 13 años o más, que consienta su concurso (TikTok no permite a los menores de 13 años tener cuenta propia). En caso de premio la persona habrá de presentar igualmente el justificante mencionado en el punto anterior.

– Participación grupal: en caso de que la obra sea un trabajo conjunto de más de una persona (realizado por un grupo, una clase, etc…) deberá ser presentado por una única persona responsable, que a todos los efectos será quien realice la inscripción. Si se desea, se puede indicar en comentarios de este formulario las especificaciones correspondientes sobre quienes son todas las personas creadoras de la obra.

– Aceptación de las bases: La participación en este concurso a través de su formulario de inscripción implica la aceptación de todos los apartados de las presentes bases, así como la resolución, por parte de la organización, de cualquier cuestión no prevista en las mismas.

– Cualquier duda respecto a estas bases o las formas de participación en el certamen puede ser referida a info@cortoespana.es.

– FORMA DE PARTICIPACIÓN –

Para optar a los premios ES NECESARIO SEGUIR ESTOS DOS PASOS:

1. Sube tu vídeo a Tik Tok con los hashtags #Diputaciónalbaceteporlaigualdad y #rodandoporlaigualdad. Es IMPRESCINDIBLE que tu cuenta sea PÚBLICA (si es privada no podremos ver tu vídeo).

2. Rellena el formulario de inscripción accediendo al siguiente enlace:

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLScUQ8jOlM35yTBj1Mb1_9SbrQqwX0rUvw9VkhYNOSOCsU3X0Q/viewform

 

 

 

 

 

Personas ganadoras del V Certamen de Fotografía organizado por la Unidad de Igualdad. 2020.

V Certamen de Fotografía, organizado por la Unidad de Igualdad de la Diputación de Albacete, publicadas en el BOP número 76, de 13 de julio de 2020, de conformidad con el Decreto nº. 2012, de 1 de julio de 2020, y de acuerdo al acta del Jurado de dicho Certamen de 17 de noviembre de 2020,

Personas ganadoras:

Primer premio a la mejor colección a: José Agustin Gurruchaga Garagarza, dotado con 1.000 euros, por su trabajo: “Liberación”.

– Segundo premio a la mejor colección a: Jorge Cesar Navarro Pérez-Dusac, dotado con 650 euros, por su trabajo: “Historias en la pared”.

– Tercer premio a la mejor colección a: Yolmer Zamuel Afonso Cardenas, dotado con 450 euros, por su trabajo: “¡Llama!”.

– Accésit: Claudia Sarra, dotado con 300 euros, por la “Violencia obstétrica-02”.

Accésit: Emilia Azor Castaño, dotado con 300 euros, por la “Información y sensibilización contra la violencia de género 1-4”.

Accésit: Antonio Farto Casado, dotado con 300 euros, por la foto “04_Denuncia “.

Personas ganadoras IV Certamen de Relatos Breves 2020

 

De conformidad con las bases aprobadas por el Decreto n.º 1598 de 26 de mayo de 2020, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete número 64, de 15 de junio de 2020, y de acuerdo al Acta del Jurado de dicho Certamen de 29 de septiembre de 2020, las personas ganadoras del “IV Certamen de Relatos Breves 2020”, organizado por la Unidad de Igualdad de la Diputación de Albacete son:

Primer Premio : D. Antonio Ibarra Santiago, dotado con 1.000 euros.

Segundo Premio: Dña. Luisa González López, dotado con 800 euros.

Tercer Premio: D. Pablo Marcial José Conejo Pérez, dotado con 600 euros.

Accésit: D. Santiago Huertas Duque, dotado con 300 euros.

Accésit: D. Juan Manuel Velasco Centelles, dotado con 300 euros.

Convocatoria de subvenciones en el ámbito de la Unidad de Igualdad para la realización de actividades de entidades privadas en el año 2020.

 

Unidad de Igualdad

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES AÑO 2020 EN EL ÁMBITO DE LA UNIDAD DE IGUALDAD DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE, CON DESTINO A ASOCIACIONES DE DERECHO PRIVADO Y CARÁCTER NO LUCRATIVO QUE REALICEN ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO”

Artículo 1.- OBJETO. El objeto de estas bases es establecer las normas especificas en el marco de la Ordenanza general reguladora de las subvenciones a conceder por la Excma. Diputación Provincial de Albacete, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete n.º 43, 10 de abril de 2019 y por la Ordenanza reguladora de las bases que rigen las convocatorias de subvenciones en el ámbito de la Unidad de Igualdad para realización de actividades de entidades privadas, publicadas en el BOP número 93 de 14 de agosto de 2017, para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, de las entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan sede en la provincia de Albacete, destinadas a la realización de actividades dirigidas a promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminación la violencia de género en los municipios de la provincia de Albacete, con población inferior a 5.000 habitantes.

Estas actividades deben tener “necesariamente” como fin, lograr alguno de los siguientes objetivos: – Informar y sensibilizar a la ciudadanía sobre la desigualdad y discriminación que sufren las mujeres.

– Impulsar el empoderamiento y reconocimento de las mujeres y la participación de las mismas en el espacio público político, económico, cultural, social y artístico.

– Sensibilizar sobre las desigualdades de género incluyendo los nuevos modelos familiares.

– Favorecer la inclusión social de algunos colectivos de mujeres en situación de especial vulnerabilidad.

– Propiciar actuaciones tendentes a luchar contra la violencia de género.

El período comprendido para la realización de las actividades será entre el 01 de enero de 2020 y el 14 de diciembre de 2020.

Causas de exclusión: Quedarán excluidos de la subvención los siguientes proyectos:

1. Los que por su insuficiencia o imprecisa información hagan imposible la valoración técnica de los mismos.

2. Los que tengan una finalidad únicamente lúdica y/o festiva, tales como, cursos de cocina, de deportes, de artesanía, de manualidades, de viajes en general y otras acciones análogas.

3. Los que no tengan como objetivo principal el fomento y la consecución de la igualdad de género y/o que vulneren el interés público perseguido por la Excma. Diputación Provincial de Albacete.

4. Los gastos directamente asociados al mantenimiento, funcionamiento y equipamiento instrumental de instalaciones y sedes.

Artículo 2.- REQUISITOS. Las entidades interesadas deberán cumplimentar el formulario electrónico de solicitud disponible en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Albacete: www.dipualba.es, apartado “Subvenciones y Ayudas”. La solicitud de subvención se acompañará del modelo de solicitud de apertura/modificación de ficha de terceros, en el caso de aquellas entidades que no lo hayan presentado con anterioridad en esta Excma. Diputación, así como aquellas otras que hayan sufrido modificaciones en algunos de sus datos. Junto al anexo I (solicitud) y anexo II (actividad suficientemente detallada, y el presupuesto con desglose en sus apartados de ingresos y gastos, que deberán estar ambos equilibrados, por importe superior a la subvención solicitada, incluyendo en el presupuesto de ingresos la subvención solicitada a esta Institución), deberán presentar necesariamente, mediante archivo adjunto en formato PDF, los criterios de baremación y la documentación requerida.

Solo podrá formularse una solicitud por asociación.

Las entidades interesadas autorizarán – en el momento de la solicitud y de la justificación- a la Excma. Diputación de Albacete para la obtención de los certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social; igualmente, deberán estar al corriente de sus pagos con la propia Excma. Diputación y sus entidades dependientes en los términos establecidos en el artículo 5.1 de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones a conceder por la Excma. Diputación Provincial de Albacete.

El órgano instructor comprobará, antes de remitir a fiscalización la propuesta de resolución de la concesión, a través de la Plataforma de Gestión de Subvenciones, el cumplimiento de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social a las que se refiere el artículo 14.1.e de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En caso de incumplimiento y constancia del mismo a través de la plataforma de intermediación, se requerirá a la asociación la subsanación de esta circunstancia, en plazo de diez días.

Artículo 3.- SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN. Las entidades interesadas deberán cumplimentar el formulario electrónico de solicitud descrito en el artículo 2º de la presente convocatoria.

Las entidades legalmente constituidas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2. a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, estarán OBLIGADAS a presentar la solicitud mediante firma electrónica avanzada, con el correspondiente certificado de representación de persona jurídica, NO existiendo la posibilidad de presentación de ejemplar con firma manuscrita en el Registro Electrónico de la Diputación.

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto a partir del día siguiente a la publicación del anuncio del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el 15 de noviembre de 2020. Igualmente, se dispone la publicación de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el tablón de anuncios y en la página web de la Excma. Diputación Provincial de Albacete.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

Las asociaciones interesadas deberán presentar NECESARIAMENTE mediante archivo adjunto en formato PDF PROYECTO/PROGRAMA definiendo los siguientes apartados:

1º Denominación del proyecto.

2ª Justificación de la necesidad que pretende abordar.

3º Objetivos generales y específicos.

4º Actividades o fases del proyecto y calendario de ejecución.

5º Metodología e indicadores de evaluación.

6º Recursos materiales, económicos, personales y/o externos.

7º Personas beneficiarias directas del proyecto.

Artículo 4. COMISIÓN DE VALORACIÓN.

El órgano competente para la tramitación y estudio técnico del expediente será la Unidad de Igualdad de la Excma. Diputación de Albacete.

El órgano competente para la valoración de las solicitudes será la Comisión de Valoración, integrada por:

* Presidencia: Diputada/o de Igualdad.

* Un/a Diputado/a de cada uno de los restantes grupos políticos que integran la Corporación Provincial.

* Como personal técnico: Coordinadora/or de la Unidad de Igualdad de la Diputación Provincial de Albacete.

* Secretaría: Jefa/e del Negociado Técnico de la Unidad de Igualdad. O personas en quienes deleguen.

Asimismo, podrán formar parte de esta Comisión, por indicación expresa de su Presidencia, aquel personal que se considere conveniente para una mejor valoración de los proyectos.

Esta Comisión propondrá la resolución de la convocatoria, con indicación de los importes a conceder en atención a los criterios de valoración y de los créditos presupuestarios de la convocatoria, y con indicaciones de las denegaciones realizadas y la motivación de las mismas.

El órgano competente para la resolución de las solicitudes valoradas por la Comisión de Valoración será la Presidencia de la Excma. Diputación Provincial de Albacete.

Artículo 5.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE SOLICITUDES:

La Comisión de valoración que evalúa los proyectos presentados basará el estudio de los mismos, en la búsqueda de la realización efectiva de los principios de equidad e igualdad.

La valoración de las solicitudes presentadas se realizará conforme a los criterios de baremación que a continuación se determinan. (Puntuación máxima 15).

1.-. Número de habitantes del municipio donde tenga la sede la asociación solicitante.

Hasta 2.000 ……………………. 5 puntos

De 2.001 a 3.000 ……………..….. 4 puntos

De 3.001 a 4.000 …………..….…. 3 puntos

De 4.001 a 5.000 ……………… 1 puntos

2.- Calidad técnica del proyecto, número de personas beneficiarias directas de la actividad para la que se pretende la subvención en función a la población del municipio, aportaciones que realiza la Asociación a la actividad objeto de petición, así como aquellos que supongan innovación y originalidad. (máximo 10 puntos).

Todos los criterios serán valorados y ponderados cuando las entidades aporten la documentación referida a cada uno de los apartados, para el ejercicio correspondiente. En su defecto, no se hará efectiva puntuación alguna.

El importe subvencionado resultará de multiplicar la puntuación obtenida en la totalidad de los criterios por la cantidad máxima a subvencionar (400 euros) dividida por la puntuación máxima estipulada (15 puntos).

Se generará un listado de las Asociaciones, por orden de puntuación de conformidad con los criterios establecidos en la presente convocatoria. Un vez agotada la cuantía global máxima de 10.000,00 de €, los proyectos restantes, aún cumpliendo los requisitos establecidos, no podrán ser subvencionados.

Artículo 6.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN: Los proyectos se ordenarán de mayor a menor según la puntuación obtenida en el procedimiento de concurrencia competitiva, cuyos criterios objetivos de ponderación están recogidos en el apartado 4 de la Ordenanza Reguladora Reguladora de las Bases que rigen las convocatorias de subvenciones en el ámbito de la Unidad de Igualdad.

Las subvenciones reguladas en las presentes bases serán compatibles con otras que para la misma actividad puedan ser otorgadas por otros entes o administraciones, siempre que la cuantía de las ayudas no supere el coste de la actividad subvencionada. Las subvenciones serán incompatibles con cualquier otra subvención de la Diputación Provincial de Albacete para la misma finalidad.

Artículo 7- TRAMITACIÓN Y RESOLUCIÓN.

Órganos competentes. La Excma. Diputación Provincial de Albacete resolverá y notificará la resolución del procedimiento tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Tratándose de procedimientos de concurrencia competitiva, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 45. 1º b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se notificará mediante la inserción de las resoluciones en el tablón de anuncios de la Excma. Diputación de Albacete (sede electrónica), sin perjuicio de la remisión de aviso a las asociaciones mediante SMS, correo electrónico o correo postal ordinario.

Artículo 8.- JUSTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS.

El abono de la ayuda, que en su caso se conceda, se efectuará previa la oportuna justificación de gastos, mediante el modelo de formulario electrónico cuenta justificativa simplificada.

Para la justificación de la subvención, las entidades deberán cumplimentar el formulario electrónico de justificación disponible en la sede electrónica de la Excma. Diputación de Albacete y será presentado telemáticamente, en el Registro Electrónico de Excma. Diputación mediante la utilización de firma electrónica o, mediante la clave individual que facilite Excma. Diputación, sin necesidad de firma electrónica avanzada.

La citada justificación de gastos deberá realizarse hasta el día 15 de diciembre de 2020. Transcurrida dicha fecha sin haberla recibido, se propondrá la caducidad de las ayudas.

Relación de justificantes (presentación de facturas).

Salvo los supuestos a los que resulte de aplicación lo dispuesto en el artículo 8º relativo a la cuenta justificativa simplificada, las Asociaciones beneficiarias deberán adjuntar al formulario electrónico de justificación disponible en la sede electrónica de la Diputación de Albacete, a través de la Plataforma de Gestión de Subvenciones y en formato PDF, los justificantes originales de las facturas o documentos sustitutivos, así como la documentación acreditativa del pago de los mismos, que deberán ajustarse al presupuesto presentado en el momento de la solicitud y contener los siguientes requisitos formales:

– Número de factura, o en su caso, serie.

– Lugar y fecha de emisión de la factura, que coincidirá con el evento, período comprendido entre el 01 de enero de 2020 y el 14 de diciembre de 2020-

– Nombre y apellidos o denominación social, NIF y domicilio del proveedor y del cliente.

– Descripción detallada de la operación, fecha en que se hayan efectuado las operaciones, base imponible, tipo tributario y cuota repercutida en relación al I.V.A.

– En el caso de facturas emitidas por empresarios y profesionales, la retención correspondiente del I.R.P.F., si procede.

– En el caso de las facturas simplificadas se admitirán como justificantes de la subvención siempre y cuando estén numeradas, conste la fecha, el proveedor y su CIF/NIF. Asimismo, se limita la justificación mediante facturas simplificadas cuando su importe acumulado no exceda de 100,00 euros ni del 10 % de la subvención concedida.

Se deberá acreditar que se ha efectuado el pago de todas las facturas de la siguiente manera:

– Pago en efectivo: sólo se admite el pago en efectivo para aquellas facturas de importe inferior a mil euros (1.000,00 euros). Si el pago fuese en efectivo, éste se acredita mediante “recibí” firmado sobre la factura, con indicación del nombre y apellidos de quien recibe los fondos y su DNI.

– Pago bancario: si el pago fuese por cheque nominativo (nunca al portador), se incorporará la fotocopia del cheque nominativo, así como el cargo bancario para su cotejo. Si el pago fuese por transferencia o domiciliación bancaria, se incorporará el justificante de la transferencia o domiciliación bancaria, así como el cargo bancario para su cotejo. En la transferencia bancaria deberá constar preferentemente el número de factura pagada o concepto que identifique la misma.

– Pago mediante tarjeta de crédito: el titular de la tarjeta de crédito corresponderá a la entidad subvencionada o estará autorizado por ésta. Se acreditará mediante justificante de pago con tarjeta y cargo bancario de la misma.

Artículo 9.- CUENTA JUSTIFICATIVA SIMPLIFICADA. Atendiendo a lo establecido en el artículo 75 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, se establece como modalidad de justificación el de cuenta justificativa simplificada, para aquellas entidades beneficiarias a quienes se haya concedido subvenciones de importe inferior a 3.000 euros.

La cuenta justificativa simplificada deberá confeccionarse de acuerdo con el formulario electrónico disponible en la sede electrónica de la Diputación de Albacete, que será firmado electrónicamente por la entidad beneficiaria mediante firma electrónica o con las claves y contraseñas facilitadas por la Diputación. Aquellas entidades beneficiarias que resulten seleccionados mediante los procedimientos de muestreo fijados por la Presidencia, a propuesta de la Intervención de la Diputación, deberán cumplimentar una relación detallada de justificantes de gastos, de acuerdo con el formulario electrónico disponible, adjuntando -a través de la Plataforma de Gestión de Subvenciones- los documentos electrónicos de las facturas originales o documentos sustitutivos y la documentación acreditativa del pago.

El órgano instructor, una vez concluido el plazo de presentación de la justificación de la subvención, remitirá a la Intervención General una propuesta de justificación, con el visto bueno del Diputado de Igualdad, de las entidades beneficiarias que hubieran cumplido con su obligación de justificar en tiempo y forma, en la que hará constar, en su caso, la comprobación de los justificantes presentados y la adecuación de los mismos a la finalidad subvencionada.

El órgano instructor comprobará, antes de remitir a fiscalización la propuesta de justificación de la subvención para su pago, a través de la plataforma de gestión de subvenciones, el cumplimiento de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social a las que se refiere el artículo 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En caso de incumplimiento y constancia del mismo a través de la plataforma de intermediación, el pago quedará en suspenso hasta que el citado incumplimiento sea subsanado por la entidad beneficiaria, en el plazo máximo de un mes.

En cualquier caso, las entidades beneficiarias deberán conservar los justificantes de la subvención durante un plazo de cuatro años a disposición de la Intervención General de Fondos Provinciales.

Cada entidad quedará obligada a facilitar a la Diputación cuantos justificantes de gastos le fueran requeridos y a devolver el importe de las subvenciones recibidas si el gasto para el que fueron destinadas no se produjera.

Artículo 10.- OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS.

Las entidades beneficiarias estarán obligadas a: a) Realizar la actividad objeto de subvención, teniendo en cuenta que cualquier modificación sustancial del proyecto podrá dar lugar a la revocación de la misma. b) Acreditar ante el órgano concedente, en el plazo establecido en el artículo 7º relativo a la justificación de las ayudas, la realización de la actividad mediante la presentación de los documentos que prevea aquel. c) Incorporar en toda la información y publicidad de la actividad que la misma está subvencionada por la Excma. Diputación Provincial de Albacete y acreditar el citado extremo ante el órgano concedente. d) Someterse a las actuaciones de comprobación que estime oportunas el órgano concedente, así como comunicar la obtención de otras ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones Públicas o entes públicos o privados.

Artículo 11.- CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y CUANTÍA.

La cuantía global máxima de las ayudas concedidas en virtud de la presente convocatoria será de 10.000,00 €, con cargo al presupuesto de la Excma. Diputación Provincial para el ejercicio 2020, siendo imputado el correspondiente gasto a la partida presupuestaria 110.2311.48000 “Subvenciones Actos Promoción Igualdad”. La presente convocatoria se halla incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial para el año 2020, realizándose la misma al amparo de las previsiones contenidas en el artículo 10º de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones de esta Institución.

Artículo 12.- RECURSOS.

La resolución por la que se aprueba esta convocatoria pone fin a la vía administrativa, pudiendo no obstante, plantear el requerimiento previo, en los términos señalados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, o directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Albacete en el plazo de los dos meses siguientes a la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOP.”